Tu Pasaporte Panameño: Más que un Sueño, una Realidad ¡Haz de Panamá tu hogar y abre las puertas a innumerables oportunidades!

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Requisitos para Solicitud de Carta de Naturaleza en Panamá

PODER A CAPORASO & PARTNERS LAW OFFICE

La solicitud de naturalización panameña debe presentarse mediante abogado ante el Presidente de la República de Panamá. El resto de la documentación se dirige al Servicio Nacional de Migración. Toda la documentación aportada debe indicar el nombre completo del solicitante tal como aparece en su pasaporte, estatus migratorio y carné de residente permanente.

Poder, solicitud y declaración jurada

El poder debe incluir los datos completos del solicitante: domicilio, sexo, edad, estado civil, lugar de nacimiento, nacionalidad, número de carné de residente permanente, pasaporte, correo electrónico, teléfonos y nombres y nacionalidad de los padres.

También debe contener la renuncia expresa e irrevocable a la nacionalidad de origen o adquirida y la manifestación libre y espontánea de acogerse a la nacionalidad panameña.

La solicitud debe ser preparada por abogado, indicar el fundamento jurídico correspondiente y acompañarse, entre otros documentos, de:

  • Constancia de domicilio mediante recibo de luz, agua, contrato de arrendamiento u otro documento equivalente.
    Copia de la cédula e idoneidad del abogado.
  • En caso de utilizar una persona autorizada para determinados trámites, autorización notariada y copia de su documento de identificación.
  • Declaración jurada ante notario, con los motivos de la solicitud, renuncia a la nacionalidad de origen o adquirida, voluntad de adquirir la nacionalidad panameña, referencia al artículo 385 del Código Penal y huella del solicitante. Tiene una vigencia de un año.

Antecedentes penales

El solicitante debe acreditar la ausencia de antecedentes penales en el país donde haya residido durante los últimos cinco años o, según corresponda, en su país de origen.

Cuando el solicitante no haya salido de Panamá por más de tres meses durante el período exigido por la modalidad de naturalización correspondiente, podrá justificarse esta circunstancia mediante declaración jurada, según resulte aplicable.

Además, deben presentarse los antecedentes penales emitidos para uso de Migración o Naturalización, con el nombre completo y número de carné de residente permanente. Este documento tiene 30 días de vigencia.

Carné de residente permanente. Debe aportarse copia del carné de residente permanente autenticada por el Tribunal Electoral. Documentos familiares, cuando correspondan.

Estos documentos se presentan únicamente cuando la modalidad de naturalización se fundamenta en vínculos familiares con ciudadanos panameños.

Según el caso, pueden requerirse:

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge panameño.
  • Certificado de nacimiento de hijos panameños.
  • Certificado de nacimiento del padre o madre panameño.
  • Certificado de inscripción de naturalización cuando el cónyuge, padre o madre sea panameño por naturalización.
  • Solvencia económica

La solvencia económica debe acreditarse mediante dos de las opciones aceptadas por el Servicio Nacional de Migración.

Entre las alternativas documentales se encuentran:

  • Declaraciones de renta correspondientes a los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, acompañadas del certificado de recepción y recibo de pago. Si se presentan copias, deben estar notarizadas. Las declaraciones deben estar firmadas por Contador Público Autorizado y autenticadas por notario.
  • Carta bancaria dirigida al Servicio Nacional de Migración, con saldo de cuatro cifras medias en adelante, firmada y con sello fresco. Tiene 30 días de vigencia.
  • Carta de trabajo acompañada de la correspondiente ficha de la Caja de Seguro Social.
  • Certificación de jubilación.
  • Propiedades inmobiliarias.
  • Capital invertido en un negocio.

Estas opciones son alternativas entre sí. El solicitante deberá aportar dos, según su situación económica.

Cuando se utiliza carta de trabajo, esta debe estar dirigida al Servicio Nacional de Migración, emitirse en papel membrete de la empresa, identificar al solicitante mediante su carné de residente permanente y certificar cargo, salario y deducciones. Debe estar firmada por el representante legal o responsable de Recursos Humanos.

La ficha de la Caja de Seguro Social debe acreditar nueve meses de cuotas, contener el número de carné de residente permanente y presentarse notarizada. Tiene una vigencia de 90 días.

Cuando la solvencia se acredita mediante inversión, puede demostrarse con propiedades inmobiliarias a nombre del solicitante o de una sociedad o fundación de la cual sea beneficiario final. También puede acreditarse mediante capital invertido en un negocio, aportando documentación que demuestre que la actividad se encuentra operativa.

Solicitantes dependientes

Este apartado se aplica únicamente a solicitantes que dependan económicamente de otra persona, como determinados estudiantes o personas sin ingresos propios.

En estos casos puede requerirse:

  • Carta de responsabilidad.
  • Copia autenticada y timbrada de la cédula o carné de residente permanente del responsable.
  • Dos documentos que acrediten la solvencia económica del responsable.
  • Paz y salvo de la DGI del responsable.Documentación que demuestre el vínculo entre el solicitante y el responsable.

Cuando el vínculo se fundamente en un matrimonio celebrado en el extranjero, el matrimonio debe encontrarse inscrito en el Registro Civil de Panamá.

El padre o la madre pueden asumir responsabilidad económica por un hijo mayor de 18 años y hasta los 25 años cuando este estudie regularmente y dependa económicamente del residente o nacional.

Formulario de entrevista de naturalización

El solicitante debe descargar y completar personalmente el formulario oficial de entrevista de naturalización.

Debe llenarse con bolígrafo azul, en letra imprenta y legible. También deberán aportarse los documentos adicionales que el propio formulario de entrevista requiera para la evaluación.

Paz y salvo de la DGI

Debe presentarse paz y salvo de la Dirección General de Ingresos con el nombre completo del solicitante, número de carné de residente permanente, número de confirmación, nombre y firma.

Copia completa del pasaporte

Debe aportarse copia completa del pasaporte, incluyendo el sello de registro de extranjería.

La copia debe estar autenticada por el Consulado o Embajada del país correspondiente y certificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.

Cuando las generales del pasaporte o la certificación estén en un idioma distinto del español, deberán traducirse.

Certificado médico

Se requiere certificado médico general de buena salud con:

  • Nombre completo del solicitante.
  • Número de carné de residente permanente.
  • Fecha de emisión.
  • Sello de registro y firma del médico.

Tiene una vigencia de 90 días.

Certificación de estatus migratorio

Debe solicitarse para uso de Naturalización e indicar el número de carné de residente permanente del solicitante. Tiene una vigencia de 90 días.

Ley de reciprocidad, cuando corresponda

Este requisito se aplica únicamente a las solicitudes presentadas bajo la modalidad que requiere acreditar reciprocidad.

Puede requerirse:

Fotocopia de la ley de reciprocidad debidamente autenticada.
Certificación sobre su existencia y vigencia emitida por el consulado correspondiente.
Las certificaciones requeridas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
Fotografías

Se requieren fotografías tamaño carné de 3.5 cm x 4.5 cm.

Las damas deben utilizar vestimenta formal. Los caballeros deben presentarse con saco y corbata.

Examen de conocimientos básicos del Tribunal Electoral

El procedimiento actualizado contempla el examen de conocimientos básicos del Tribunal Electoral, conforme al Decreto N.º 13 de 1 de agosto de 2025.

Este examen admite determinadas exenciones.

Los nacionales de España y de otros países latinoamericanos pueden quedar exonerados cuando acrediten, mediante certificación autenticada, que su país de origen concede a los ciudadanos panameños una exención equivalente bajo el principio de reciprocidad.

También pueden quedar exentos quienes hayan cursado estudios en escuelas, colegios o universidades dentro de Panamá sobre las materias exigidas por la Constitución, siempre que aporten los créditos o diplomas debidamente autenticados.

Las personas con discapacidad que acrediten mediante certificación médica dificultades para realizar el examen podrán ser evaluadas mediante una prueba adaptada a sus necesidades.

Los requisitos aplicables pueden variar según la modalidad de naturalización, la nacionalidad del solicitante, sus vínculos familiares y la forma utilizada para acreditar la solvencia económica. Antes de iniciar el procedimiento recomendamos revisar individualmente el expediente para determinar cuáles documentos son obligatorios, cuáles son alternativos y cuáles no resultan aplicables al caso concreto.