Hay 8 formas diferentes de formar una sociedad en Colombia, de acuerdo con el Código de Comercio y la Ley 1258 de 2008

Para formar una sociedad en Colombia no es necesario recurrir a un abogado. No obstante, es muy recomendable que un profesional experimentado te aconseje sobre qué tipo de sociedad es más útil, según la actividad que realices. Además, el abogado se encargará de redactar los estatus de tu sociedad. Nosotros podemos ayudarte a formar una sociedad en Colombia, porque tenemos amplia experiencia sobre la inversión extranjera en Colombia.

La ley colombiana establece que se pueden crear: una Empresa unipersonal, Empresa Asociativa de Trabajo, Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad por Acciones Simplificada, Sociedad Colectiva, Sociedad Comandita Simple, Sociedad Comandita por Acciones.

Todas estas instituciones tienen personalidad jurídica, por lo cual cuentan con responsabilidades y derechos. La selección de cuál sociedad es la más favorable, de acuerdo con tus intereses, es un proceso clave y, como decíamos, en esto podemos ayudarte. La decisión es muy importante, porque para esto deberás tener en cuenta el capital que tienes, así como la cantidad de socios que incorporarás a tu sociedad.

El tiempo de constitución de una sociedad en Colombia oscila entre 10 y 14 días hábiles.

Características principales de las sociedades constituidas en Colombia

En la empresa unipersonal, su propietario tiene la capacidad legal para realizar acciones de comercio. Pero deberá responder, sin límites, con todo su patrimonio, ante cualquier persona que sea afectada por las acciones de esa empresa.

La Empresa Asociativa de Trabajo busca la comercialización, distribución y producción de bienes básicos que sean de consumo familiar. También puede ser que sus miembros ofrezcan servicios en conjunto o de manera individual.

En la Sociedad Limitada cada asociado es responsable según el total del capital aportado. Mientras, la Sociedad Anónima se forma mediante los fondos aportados por los accionistas, los cuales son responsables hasta el total del aporte monetario que realicen. Este tipo de sociedad es administrado por gestores de manera temporal.

La Sociedad por acciones simplificadas la pueden constituir una o varias personas jurídicas o naturales. Todas serán responsables hasta el monto del aporte económico que realicen. Para efectos tributarios, este tipo de sociedad tiene que cumplir las mismas reglas que aplican a las sociedades anónimas.

La Sociedad colectiva tiene como característica esencial que todos los socios responden de manera ilimitada por todas las operaciones que realice esa sociedad.

Tipo de sociedad

Sociedad con licencia para agencia de viajes, Sociedad para inversión extranjera, Sociedad SAS